VALORACIÓN DE LAS PRIMERAS MEDIDAS DEL ACUERDO DE PENSIONES por Eduardo García Elosua


El debate sobre las pensiones públicas no es un debate sencillo. Tiene mucha complejidad, aunque a veces se presente de forma muy simplista. Los que niegan que exista problema alguno para mantener un sistema de pensiones como el nuestro, no le hacen ningún favor. El sistema público de pensiones tiene que enfrentarse a varios retos y la solución pasa por identificar los desafíos y darles soluciones. Porque son retos que, con voluntad política, tienen solución. 

Para abordar este debate, es muy conveniente comenzar recordando que el derecho a unas pensiones públicas, suficientes y periódicamente actualizadas, es un derecho constitucional (art. 41 y 50 de la Carta Magna), lo que significa que cualquier reforma de las pensiones nunca puede situar el concepto de sostenibilidad por delante del derecho a la suficiencia. Por eso, los poderes públicos están obligados a asegurar la financiación que demanda el sistema, buscando las fuentes de ingresos que se precisan para cumplir el mandato constitucional de garantizar pensiones adecuadas y suficientes.

Es un debate que, por su complejidad, hay que abordarlo con rigor, lo que exige apartarse de orientaciones sesgadas y, muchas veces, llenas de mala intención, dirigidas a analizar un sistema de reparto, propio de un aseguramiento colectivo universal, que tiene un segmento contributivo y otro asistencial y una financiación mixta con cotizaciones sociales y aportaciones del Estado, utilizando variables financieras propias de los sistemas individuales de capitalización. Que es lo que han hecho en sus últimos estudios el Banco de España y el Instituto de Actuarios Españoles cuando han señalado que los pensionistas por cada euro que ponen, reciben 1,74. Y con esto, se quiere pone en cuestión las pensiones públicas, defendiendo un modelo actuarial de pensiones frente al modelo social que le ha venido caracterizando.

El sistema de pensiones es un pacto inter-generacional que hay que mantener. Pero legitimar el sistema solo es posible si se refuerza la solidaridad entre generaciones, garantizando que las personas pensionistas que se incorporen en el futuro, perciban pensiones similares a las que están contribuyendo a financiar. Si no fuera así, estaríamos deslegitimando la pieza esencial del Estado de Bienestar, la más importante en términos cuantitativos, la que más gasto consume y la más relevante en términos de bienestar de la población y en términos de aportación a la demanda interna.

Para garantizar su suficiencia y su sostenibilidad el sistema de pensiones tiene que abordar un doble reto: la evolución de la demografía y la incorporación a la jubilación de la generación del Baby Boom. Son retos que teníamos antes de la pandemia y son retos que tenemos después de la pandemia. Y es ahí donde hay que situar el debate. La demografía, la esperanza de vida o la natalidad, no es el mayor desafío de las pensiones públicas. El mayor reto es la presión que va a tener el sistema con la incorporación a la jubilación, de la generación más numerosa de nuestra historia. En los próximos 25 años se va a incrementar el número de pensiones en más del 50%, pasando de los casi 10 millones actuales a más de 15,5 millones el año 2048. Y quién diga que esto no es un reto que hay que afrontar, es que no se ha enterado de nada. Dicho de otra manera, vamos a tener que pagar más pensiones, más caras y durante más tiempo.

Eso sí, aunque no se diga públicamente, es un reto temporal que tiene principio y final ya que, después de un período de estabilización, a partir del año 2060, a causa de la baja natalidad, se reducirá el número de pensionistas y, consiguientemente, el nivel de gasto. Por otra parte, que este gran número de pensionistas se iban a incorporar al sistema, no es algo que hayamos conocido ahora, muy al contrario, es algo que se sabía desde hace mucho tiempo.

Son retos exigentes pero perfectamente asumibles y gobernables y cuya solución no pasa por poner en marcha fórmulas mágicas. Los problemas de la Seguridad Social no se resuelven con la sustitución del Sistema Público de Pensiones por un sistema de capitalización individual.

El pasado mes de junio, después de 10 años sin acuerdos, El Gobierno, los sindicatos CCOO yUGT y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME, alcanzaron un pacto sobre pensiones en el marco del Diálogo Social, aprovechando, desde mi punto de vista, un contexto favorable para el acuerdo:

1.- En primer lugar, porque objetivamente el actual Gobierno de coalición progresista es una ventana de oportunidad para las pensiones, al menos si cumple su programa de gobierno

2.- En segundo lugar, porque el pasado noviembre el Congreso de los Diputados aprobó las recomendaciones del Pacto de Toledo por una amplia mayoría y con solo dos votos en contra. Este acuerdo, además de por su contenido, ha sido muy importante porque los nuevos partidos de ámbito estatal como Podemos, Ciudadanos y Más Madrid, se han incorporado al mismo.

No obstante, estamos ante un proceso, aún inconcluso, lleno de dificultades por las presiones que han existido, existen y seguirán existiendo tanto desde dentro como desde fuera del Gobierno.

Este acuerdo  cambia el rumbo que habían tomado las pensiones públicas, suprimiendo los recortes unilaterales de la reforma del año 2013 y lanzando un mensaje de tranquilidad y de certidumbre para los actuales y futuros pensionistas. Veamos alguna de las medidas pactadas.

Nueva fórmula de revalorización de pensiones y mantenimiento del poder adquisitivo

Se deroga el Índice de Revalorización de las Pensiones (0,25%), y se introduce una nueva fórmula para garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones, mediante la revalorización anual el 1 de enero de cada año en base a la inflación media anual registrada en el mes de Noviembre del ejercicio anterior. Se garantiza que las cuantías de las pensiones no sufran merma alguna en caso de inflaciones negativas, quedando ese año inalteradas.


Se deroga el Factor de Sostenibilidad

Se acuerda la derogación del factor de sostenibilidad  que hacía recaer en los jóvenes el aumento del gasto que tendrán nuestras pensiones por la incorporación a la jubilación de las generaciones más numerosas de nuestra historia. En el plazo de seis meses, y previa negociación en el marco del diálogo social, se establecerá un mecanismo de equidad inter-generacional a operar a partir de 2027 y que tiene como objetivo proteger las pensiones de los más jóvenes.

Garantía de ingresos adicionales estables

Se reitera el compromiso del Estado como garante público del sistema de Seguridad Social. En este sentido, el Estado garantiza, vía trasferencia desde los Presupuestos del Estado, el equilibrio financiero del sistema. Pasaremos del 10,9% del PIB de gasto actual en pensiones a un 14,2% en 2050, es decir 3,3 puntos más que ahora. Pues bien, la culminación de la separación de las fuentes de financiación y la suma de medidas de mejora de ingresos por transferencias del Estado garantiza la mejora de ingresos adicionales del sistema en más de 22.500 millones de euros, en torno al 2% PIB. Con estas transferencias del Estado, estamos consiguiendo más de la mitad de los recursos que serán necesarios para hacer frente a los retos del sistema.

 


Cotización por ingresos reales de los Trabajadores Autónomos (RETA)

Compromiso de establecer un nuevo modelo de cotización por ingresos reales del colectivo incluído en el Régimen de autónomos, plenamente implantado en un periodo de 9 años (año 2031). La implantación del nuevo modelo será progresiva a partir del 1 de enero de 2023.

Edad efectiva de jubilación

Modalidades de jubilación afectadas: Jubilación anticipada voluntaria, Jubilación anticipada involuntaria, Jubilación anticipada por trabajos tóxicos, penosos y peligrosos, Jubilación forzosa, Jubilación demorada y Jubilación activa, mejorando la capacidad individual de elección de los trabajadores y trabajadoras y estableciendo un sistema de jubilación gradual y flexible, donde los coeficientes reductores, en la mayoría de los casos, mejoran de forma sustancial.

Efectos sobre la jubilación anticipada involuntaria: Mejora del acceso y condiciones de la Jubilación Anticipada Involuntaria. Se amplían  las causas de despido para el acceso a esta modalidad de jubilación a todas las situaciones de extinción objetiva del contrato: traslados forzosos, impago del empresario, movilización sustancial de las condiciones de trabajo. Estos trabajadores y trabajadoras tenían la consideración de "falsos voluntarios". Ahora, de una parte, se amplía su derecho a anticipar la jubilación hasta 4 años antes de la edad ordinaria y, además, lo hacen con menor coeficiente reductor. Se reducen los coeficientes en 37 de los meses de anticipo por asimilación con los nuevos coeficientes de jubilación voluntaria. Los otros 11 quedan igual que ahora.

Se garantiza el acceso a coeficientes jubilación anticipada involuntaria en caso de desempleados y desempleadas que perciban el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, al menos durante tres meses.

Coeficientes reductores de la Jubilación Anticipada Involuntaria. Las líneas verdes mejoran la situación actual. Las blancas son los que quedan igual

  



1.- Endurecimiento de los coeficientes reductores en los primeros 2 meses de acceso a la jubilación (meses 24 y 23 de anticipo) que, sin embargo, se anula progresivamente si se retrasa el acceso a la jubilación desde el mes 22 de anticipo hasta convertirse en una minoración sustancial de dichos coeficientes.

2.- En el caso de las pensiones de Base Reguladora superior a la Pensión máxima, la anulación del efecto se consigue incrementando las bases y pensiones máximas.


Nuevos coeficientes reductores

Jubilación Anticipada Voluntaria



Jubilación anticipada para el caso de las pensiones máximas

El Acuerdo de pensiones en esta materia se plantea desde la lógica de incrementar el esfuerzo de cotización de los salarios más altos, de modo que las personas que tienen una base reguladora superior a la pensión máxima, tendrán ahora nuevos límites máximos de cuantía ligada al incremento de la base y la pensión máximas. El nuevo mecanismo posibilitará que cotice más en función de sus salarios reales y pueden optar a una pensión más alta si se jubilan en la edad ordinaria o la misma pensión que tendrían ahora si optan por jubilarse anticipadamente. despliega efectos en un periodo transitorio muy amplio, 10 años desde el 1 de enero de 2024.

Jubilación demorada

Se acuerda aplicar la exención de la obligación de cotizar por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria.

Se modifican los actuales incentivos que regulan la jubilación demorada desde el 2013 (incremento del 2% por año de demora con menos de 25 años de cotización, 2,75% acreditando entre 25 y 37 años y un 4% acreditando más de 37 años) y se ofrecen tres tipos de incentivos, a elegir por el trabajador, por cada año de demora: a) un porcentaje adicional del 4%; b) una cantidad a tanto alzado en función de la cuantía de la pensión y premiando las carreras de cotización más largas  y c)  una combinación de ambas opciones.

 

PROPUESTA PAGO ÚNICO EN SUSTITUCIÓN DEL AUMENTO 4%

IMPORTE PENSIÓN €/AÑO

9.569

13.300

15.000

20.000

25.000

30.000

35.000

37.567

PAGO ÚNICO/AÑO  €/año

  4.786  

    5.843  

    6.285  

    7.482  

    8.566  

    9.567  

  10.503  

   10.964  

En el supuesto de carreras de cotización con más de 44 años y medio:

 

 

 

 

 

PAGO ÚNICO/AÑO   €/año

 5.265

    6.428

   6.914

  8.231

  9.422

10.523

  11.554

  12.060

 

El cálculo del complemento a tanto alzado supone una merma relevante sobre el equivalente en forma de renta mensual lo que, en la práctica, pone en mayor valor la percepción en forma de renta vitalicia.

Otras medidas pactadas

Se mejoran derechos de la cotización efectiva de los becarios; de los convenios de cotización de las personas cuidadoras de familiares dependientes que reduzcan su jornada de trabajo, garantizando el mantenimiento de las bases de cotización que tenían estas personas antes de dicha reducción; la base reguladora de la Incapacidad temporal de los fijos discontinuos y, en el plazo de 6 meses, se equipararán las pensiones de viudedad de las parejas de hecho con la de las personas casadas, entre otras mejoras. Sin olvidar que la cláusula de salvaguarda, que aplicará la legislación anterior al 2011 a los expulsados del mercado de trabajo, por despidos o ERE...), tendrá carácter de indefinida. El año 2020 afectó a más de 58.000 pensionistas.

Conclusiones y valoración

El balance de la reforma es positivo. Se recupera el escenario del acuerdo político (Pacto de Toledo) y social (Diálogo social), se revierte el camino de recortes generalizados con la derogación del índice de revalorización de pensiones (0,25%) y del factor de sostenibilidad y, además, se garantiza por ley el poder adquisitivo de las pensiones. Es especialmente relevante que, con la culminación de la separación de fuentes de financiación, el Estado se hace garante de inyectar al sistema ingresos adicionales estables por casi 22.000 millones de euros anuales, el 2% del PIB.

Con este acuerdo, además de certidumbres a las personas pensionistas actuales y futuras, se da respuesta a dos de los retos que tiene el sistema público de pensiones: la suficiencia y la sostenibilidad.

 En cualquier caso, quedan pendientes por negociar materias muy relevantes como la mejora de las pensiones mínimas y no contributivas, medidas contra la brecha de género en pensiones, el destope de la Base Máxima de cotización o la integración definitiva y a todos los efectos de las trabajadoras del hogar en el Régimen General de la Seguridad Social. 

Comentarios