Una celebración accidentada (Hondarribia, 1943)
Los tiempos de posguerra no fueron fáciles. Los años cuarenta fueron un tiempo de silencio en los que las estrecheces y el ambiente opresivo eran un rasgo característico del día a día. A pesar de ello se trataba de llevar a cabo una vida lo más normal posible aunque en ocasiones ésta no acabase como se esperaba, como ocurrió en el caso que vamos a narrar a continuación.
El domingo 3 de enero de 1943 se celebró
la despedida de soltero de Celestino Jáuregui Martínez -hermano de Florencio que regentaba el “Hotel Jáuregui” de Hondarribia, propiedad de su padre
Olegario Jáuregui- y a la que asistieron unas veintisiete
personas. La celebración contó con la autorización verbal del alcalde Francisco
Sagarzarzu Sagarzazu ya
que, como él mismo indicó en un escrito fechado el 30 de enero de 1943, las
bodas y las despedidas de soltero eran los únicos actos en los que no era
obligatoria la presencia de un agente de la autoridad.
Aunque
aparentemente la celebración se celebró con normalidad la cosa no fue así.
Pasados unos días de la celebración un agente de policía denunció que durante
la comida se había cantado el “himno separatista”. En la denuncia se hizo
constar que el propio Olegario Jáuregui les recriminó los cánticos y, “como reparación”,
puso en la gramola el himno nacional, momento en el que uno de los asistentes
al banquete lanzó un vaso contra el altavoz. Tras la denuncia fueron llamados a
prestar declaración todos los asistentes a la celebración así como el personal
del hotel.
Según
se desprende de las declaraciones de los asistentes lo que se cantó fue el “Agur
Jaunak”, que el policía confundió con el “Eusko Abendaren Ereserkia” y que Celestino
Jáuregui confirmó
en su declaración: la canción que los concurrentes cantaron puestos en pie fue
el “Agur Jaunak”.
Otro
de los asistentes declaró que “después de la comida y estando bailando, se
interrumpió el bailable en la gramola que la ejecutaba, sonando el himno
nacional, lo que ocasionó protestas por la interrupción del baile, no por el
himno, no sabiendo quien puso el disco del himno nacional”. Ya hemos visto como
quien puso el disco fue Olegario Jáuregui quien, según su propia declaración, estaba
acompañado de Claudio Sagarzazu, hermano del alcalde y militante de FET y de las JONS. Éste
le indicó que “alguna de las canciones que se cantaban eran tendenciosas”.
El
propio Sagarzazu en
su declaración indicó que se cantaron varias canciones vascas que a juicio del
declarante no se les puede llamar estrictamente prohibidas”. En una segunda
declaración fue más preciso y declaró que escuchó las canciones “Boga, boga
Mariñela”, “Andra Madalen” y “"Ara nun diran" de Iparraguirre en voces descompuestas, indicándole al antiguo
dueño del establecimiento Olegario Jáuregui, que para prevenir accidentes que
pudieran de estos hechos derivarse le recomendó impusiera su autoridad”. Suponemos
que los “accidentes” a los que se refiere Claudio Sagarzazu eran precisamente lo
que ocurrió, que acabase en una denuncia de las autoridades por interpretar
supuestas canciones subversivas.
El
resto de los asistentes en sus declaraciones dicen no recordar nada, “haberse
excedido con la bebida” o de “abusar en contra de su costumbre excesivamente de
la bebida” y admiten que efectivamente se cantaron canciones vascas pero, como
afirma uno de los asistentes, “como no entiende el vasco no puede precisar si
era el himno vasco separatista o alguna otra canción prohibida”.
Todo esto hizo sospechar a las
autoridades de la supuesta existencia de una organización de carácter nacionalista
en Hondarribia y decretó el ingreso en prisión de los asistentes al banquete, a
pesar de que el policía cuyo informe había dado origen al sumario señaló que “en
Fuenterrabía no existe ninguna asociación de matiz por el que se pregunta, si
bien por informes y antecedentes adquiridos como agente de policía que todos
los asistentes a la comida son de tendencia nacionalista y que está la creencia
que aprovechan cualquier ocasión en que vean medio ambiente para exteriorizar y
alardear de sus sentimientos nacionalistas”. Tras las primeras declaraciones
los detenidos fueron trasladados a la prisión de Ondarreta donde permanecieron
durante el proceso de instrucción del sumario y se investigaba su actuación
durante el “periodo del dominio rojo” y durante la Guerra Civil.
En primer lugar podemos observar que la mayor parte de los
detenidos pasaron a Francia, como gran parte de la población de Hondarribia, en
septiembre de 1936. Algunos de ellos volvieron a los pocos días de cruzar la
frontera y fueron movilizados por el
ejército franquista; otros se alistaron en las milicias de Falange y el requeté
respectivamente; algunos fueron voluntarios en el “Baleares” y sobrevivieron al
hundimiento del buque. Otros, regresaron
a lo largo de la Guerra Civil y tuvieron diversos destinos. La mayor parte de
ellos fueron enviados al ejército franquista. Un grupo importante de los
procesados en la causa no regresaron a la zona sublevada sino que se integraron
en las filas republicanas. La mayor parte de ellos fueron capturados y enviados
a diversos destinos. Encontramos casos de algunos que tras ser capturados por
los franquistas fueron obligados a servir en sus filas. Otros fueron enviados a
un batallón de trabajadores donde permanecieron a lo largo de toda la
contienda.
Finalizada
la fase de instrucción el fiscal elevó su informe el 4 de octubre de 1943
calificando los hechos de “ultraje a la nación española y al sentimiento de
unidad” En su informa solicitó penas que iban de los tres años y ocho meses a
dos años, cuatro meses y un día de prisión para los diecisiete procesados.
El
consejo de guerra tuvo lugar el 3 de diciembre de 1943. El abogado de la
defensa – el irunés Vicente Zaragüeta Castaing promotor de los
alardes de Irún y Hondarribia y
alcalde de Irún entre 1962 y 1963- en su escrito de defensa argumentó que se ha
producido una confusión al identificar el “Agur Jaunak” con el “Euzko Abendaren
Ereserkia”. El defensor, además de recordar la participación de parte de los
procesados en el ejército franquista, indicó que “se cantaron cincuenta o
sesenta canciones en castellano y tres o cuatro en vascuence (son todas las
conocidas, populares y antiquísimas canciones totalmente apolíticas)” a la vez
que añade “que el vascuence es una lengua de uso permitido y nadie tiene
derecho a suponer que porque habla vascuence ultraja, por el mero hecho a la
nación española” culminando su alegación diciendo que las canciones en euskera “son
más antiguas que el propio separatismo vasco y hoy, como siempre, se cantaban
en los caseríos y en las provincias vascongadas”.
La
sentencia del consejo de guerra se hizo pública el mismo día de la celebración
del mismo y, pese a que la petición del fiscal fue reducida, los procesados
fueron condenados a un año de cárcel, salvo dos de ellos que fueron absueltos.
La condena, unida al tiempo que los procesados llevaban en la cárcel, hizo que éstos
fuesen puestos en libertad de manera casi inmediata y el 15 de febrero se
decretó la libertad de los detenidos.
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